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VeriFactu para profesionales sanitarios autónomos: guía práctica

Por Equipo Automatizar Consulta

En resumen

VeriFactu es la modalidad de facturas «verificables» del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023). Obliga a que tu programa de facturación genere un registro inalterable y encadenado por cada factura, con código QR y una leyenda de verificación. Afecta a los profesionales sanitarios autónomos que facturan con software, aunque sus servicios estén exentos de IVA. Los plazos, ampliados por el Real Decreto-ley 15/2025, sitúan la obligación en el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados tributarios (autónomos IRPF).

Aviso importante

Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento fiscal ni legal. La normativa VeriFactu ha cambiado de plazos varias veces. Antes de tomar decisiones, verifica el calendario y los requisitos vigentes en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y consulta con tu asesor fiscal o gestor.

Si eres médico, psicólogo, fisioterapeuta, nutricionista o cualquier profesional de la salud que trabaja como autónomo en España, seguramente has oído hablar de VeriFactu. Y probablemente con cierta confusión: se mezcla con la factura electrónica obligatoria, con TicketBAI, con el SII… y no siempre queda claro qué te afecta a ti, que atiendes pacientes y facturas consultas.

La idea de fondo es sencilla. La Agencia Tributaria quiere que los programas de facturación dejen de permitir facturas «en la sombra»: que cada factura quede registrada de forma que no se pueda alterar ni borrar sin dejar rastro. VeriFactu es el nombre de la modalidad que hace eso enviando además cada registro a la AEAT.

Esta guía explica, sin jerga innecesaria, qué es VeriFactu, qué requisitos impone, si afecta a un profesional sanitario autónomo (spoiler: la exención de IVA no te libra), cuáles son los plazos reales a día de hoy y cómo cumplir sin complicarte. Todo con las fuentes oficiales a la vista.

Ilustración de facturación con código QR y registro digital verificable

Qué es VeriFactu

VeriFactu es la modalidad de emisión de facturas «verificables» regulada por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, que aprueba el Reglamento que establece los requisitos de los sistemas y programas informáticos de facturación (lo que oficialmente se conoce como los «SIF»). Sus especificaciones técnicas se desarrollan en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.

No es un programa que se instala ni un formato de factura. Es un conjunto de requisitos que tu software de facturación debe cumplir. Cuando un sistema opera «en modo VeriFactu», hace dos cosas clave: genera un registro inalterable por cada factura y lo remite automáticamente a la Agencia Tributaria. A cambio, la factura se marca como verificable y el paciente (o cualquiera) puede comprobar su autenticidad en la sede electrónica de la AEAT a través de un código QR.

Conviene no confundir tres cosas que a menudo se solapan:

  • VeriFactu regula cómo tu programa registra y conserva cada factura (integridad e inalterabilidad).
  • La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales (Ley Crea y Crece) regula el formato estructurado de la factura en operaciones B2B. Es otra normativa, con otros plazos. La tratamos en detalle en nuestra guía de facturación electrónica para autónomos sanitarios.
  • TicketBAI es el sistema equivalente de los territorios forales (País Vasco y Navarra), con su propia normativa.

Qué exige VeriFactu: requisitos técnicos

Según el Reglamento (RD 1007/2023) y su orden técnica, un sistema de facturación conforme debe garantizar «la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones». En la práctica, eso se traduce en estos elementos:

Registros encadenados con huella (hash)

Cada factura genera un registro de facturación que incorpora un código hash calculado tomando partes del registro inmediatamente anterior. Es una cadena: si alguien intentara modificar o eliminar una factura del medio, la cadena se rompería y quedaría en evidencia. Es el mecanismo que hace los registros inalterables.

Código QR en todas las facturas

Todas las facturas, tanto completas como simplificadas (los antiguos «tickets»), deben incorporar un código QR que contiene información de la factura y un enlace a la sede electrónica de la AEAT. Es el elemento visible que permite verificar la factura.

Leyenda «VeriFactu»

Cuando el sistema opera en modo VeriFactu, la factura incluye una leyenda que indica que es una factura verificable en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Es la marca que distingue una factura remitida a la AEAT.

Registro de eventos y declaración responsable

El sistema debe mantener un registro de eventos (un histórico de las operaciones relevantes del programa, conservado con garantías de seguridad). Y el fabricante del software debe emitir una declaración responsable certificando que el producto cumple el reglamento. Esta declaración es tu garantía como usuario: si tu proveedor la tiene, tu programa está adaptado.

Dato clave

VeriFactu no te pide a ti generar hashes ni códigos QR a mano. Todo eso lo hace el software de forma automática. Tu única responsabilidad como profesional es usar un programa que declare cumplimiento y mantener tus datos fiscales correctos.


VeriFactu o «no verificable»: las dos modalidades

El reglamento admite dos formas de cumplir, y es importante entender la diferencia porque el nombre «VeriFactu» a veces se usa para todo el sistema cuando en realidad es solo una de las dos opciones:

  • Modo VeriFactu (verificable): el sistema remite los registros de facturación a la AEAT en el momento de emitirlos. Las facturas llevan la leyenda de verificación y el QR permite comprobarlas en la sede electrónica. A cambio de ese envío, se aligera la carga de conservación para el emisor.
  • Modo no verificable (no VeriFactu): los registros no se envían automáticamente a la AEAT. Se conservan en el sistema del emisor firmados electrónicamente, junto con el registro de eventos, y deben estar disponibles para una eventual inspección. Requiere requisitos técnicos adicionales de firma y conservación.

Ambas modalidades son legales. Para una consulta pequeña, la modalidad VeriFactu suele ser la opción más cómoda: al remitir los registros a la AEAT, reduce la responsabilidad de conservación que recae sobre ti. La mayoría de plataformas de facturación para profesionales de la salud permiten elegir la modalidad en su configuración.


¿Afecta a un médico, psicólogo o fisio autónomo?

Esta es la pregunta que más confusión genera en el sector sanitario, y la respuesta corta es: sí, si facturas con un programa informático. La Agencia Tributaria lo resume con una idea muy útil: el reglamento se aplica a cómo facturas (con un sistema informático), no a qué vendes.

Según la AEAT, están obligados los empresarios y profesionales —personas físicas o jurídicas— que cumplan cuatro condiciones (la llamada «regla de los cuatro no»):

  • Usan algún sistema informático de facturación.
  • No están acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información del IVA), que tiene sus propias obligaciones y es excluyente con VeriFactu.
  • No tienen su domicilio fiscal en País Vasco o Navarra (territorios forales, con TicketBAI).
  • No disponen de una resolución de exención específica.

Un profesional sanitario autónomo típico —que factura sus consultas con un software y tributa por IRPF— encaja de lleno en el ámbito de aplicación.

La exención de IVA no te libra

Los servicios sanitarios prestados por profesionales con título oficial están exentos de IVA (art. 20.Uno.3 de la Ley del IVA). Pero esa exención no te exime de VeriFactu. La AEAT precisa que las operaciones exentas solo quedan fuera «siempre que no se expida factura». En cuanto emites factura con un programa, tu sistema debe cumplir el reglamento, lleve o no IVA la factura.

¿Y quién queda fuera? Principalmente, quien factura íntegramente a mano (talonario de papel) o quien está sometido al SII o a un régimen foral. Ahora bien, para un profesional que atiende decenas de pacientes a la semana, facturar a mano no es realista: en cuanto usas cualquier programa, entras en el ámbito de VeriFactu.


Plazos vigentes

Los plazos de VeriFactu se han modificado varias veces, así que es fácil encontrar fechas desactualizadas. A fecha de esta guía, tras la ampliación aprobada por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (que modifica la disposición final cuarta del RD 1007/2023), el calendario para los usuarios es este:

Calendario de obligaciones (usuarios)

  • 1. Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: sistemas de facturación adaptados antes del 1 de enero de 2027.
  • 2. Resto de obligados tributarios (autónomos y personas físicas que tributan por IRPF): sistemas adaptados antes del 1 de julio de 2027.

Estos plazos ampliaron los que fijó en su día el Real Decreto 254/2025 (que situaba las fechas en el 1 de enero y el 1 de julio de 2026). Si has leído en algún sitio que el plazo para autónomos era julio de 2026, esa información quedó desfasada tras la última ampliación.

Hay una fecha adicional que conviene conocer aunque no te obligue directamente: los productores y comercializadores de software tuvieron de plazo hasta el 29 de julio de 2025 para ofrecer sus productos totalmente adaptados al reglamento. Por eso, a día de hoy, la mayoría de plataformas del sector ya indican de forma expresa su compatibilidad con VeriFactu.

Verifica el plazo antes de decidir

Dado que el calendario ha cambiado ya en varias ocasiones, confirma siempre la fecha vigente en la sede electrónica de la AEAT antes de contratar o cambiar de software.


Cómo cumplir: software compatible

Cumplir VeriFactu, para un profesional sanitario autónomo, se reduce a una cosa: usar un programa de facturación adaptado y configurarlo bien. No necesitas conocimientos técnicos ni generar nada a mano. Estos son los pasos:

1. Confirma que tu software está adaptado

Pide a tu proveedor la declaración responsable que certifica el cumplimiento del reglamento, o comprueba en su web que el producto está adaptado a VeriFactu. Si usas un software de gestión de consulta con módulo de facturación, verifica que ese módulo esté al día.

2. Elige la modalidad

Decide si quieres operar en modo VeriFactu (envío a la AEAT) o en modo no verificable (conservación firmada en tu sistema). Para la mayoría de consultas pequeñas, la modalidad VeriFactu simplifica la conservación.

3. Configura tus datos fiscales y la exención de IVA

Introduce correctamente tu NIF, domicilio fiscal, número de colegiado y el tratamiento de la exención de IVA de los servicios sanitarios. Un buen software distingue entre servicios sanitarios exentos y servicios no sanitarios (informes para aseguradoras, peritajes, formación) que sí llevan IVA.

4. Integra la facturación con la agenda

Lo ideal es que la factura se genere sola al cerrar la consulta. Si la facturación está conectada con la gestión de citas, el registro encadenado y el QR se generan automáticamente sin trabajo extra por tu parte. Puedes ver cómo encaja esto en el flujo completo de facturación automática de la consulta.

En cuanto a herramientas, el mercado está lleno de opciones adaptadas: programas de facturación generalistas (Holded, Quipu, Anfix, entre otros) y software de gestión clínica con facturación integrada. Si tu volumen de facturación es bajo, la Agencia Tributaria también prevé soluciones propias; consúltalo en su sede electrónica. Comparamos categorías de herramientas en nuestra comparativa de software de gestión clínica.


Errores comunes

Estos son los malentendidos más frecuentes entre profesionales sanitarios autónomos ante VeriFactu:

  • Creer que la exención de IVA te libra: es el error más extendido en el sector salud. La exención de IVA de los servicios sanitarios no exime de VeriFactu si facturas con software.
  • Confundir VeriFactu con la factura electrónica obligatoria: son normativas distintas, con plazos distintos. VeriFactu regula el registro de la factura; la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) regula el formato en operaciones entre profesionales y empresas.
  • Manejar fechas desactualizadas: el calendario se ha ampliado varias veces. Trabajar con la fecha de julio de 2026 (ya superada por la ampliación de 2027) puede llevarte a decisiones equivocadas.
  • Seguir facturando en Excel o Word: no cumplen los requisitos de inalterabilidad. Un profesional con agenda de pacientes necesita un programa adaptado.
  • No pedir la declaración responsable: es la prueba de que tu software cumple. Si tu proveedor no la ofrece, es una señal de alarma.
  • Dejar la adaptación para el último momento: cambiar de sistema, migrar el histórico y aprender la herramienta lleva tiempo. Anticiparse evita agobios.

Siguiente paso

VeriFactu es una pieza más del rompecabezas de digitalizar tu consulta. Si ya tienes clara la facturación, revisa cómo encaja con la factura electrónica obligatoria y con la receta electrónica privada. Y si quieres que la facturación deje de comerte las tardes, mira cómo automatizar la facturación de tu consulta de principio a fin. ¿Dudas sobre tu caso concreto? Escríbenos y lo vemos.


Preguntas frecuentes

¿Qué es VeriFactu?

VeriFactu es la modalidad de emisión de facturas «verificables» prevista en el Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre). Un sistema que opera en modo VeriFactu genera un registro inalterable por cada factura y lo remite automáticamente a la Agencia Tributaria (AEAT). Cada factura incluye un código QR y la leyenda que indica que es verificable en la sede electrónica de la AEAT. No es un programa concreto, sino un conjunto de requisitos técnicos que debe cumplir el software de facturación.

¿Afecta VeriFactu a un médico o psicólogo autónomo aunque sus servicios estén exentos de IVA?

Sí, si emites facturas con un programa informático. Según la Agencia Tributaria, la norma regula cómo facturas (con un sistema informático de facturación), no qué vendes. La exención de IVA de los servicios sanitarios no exime de VeriFactu: las operaciones exentas solo quedan fuera «siempre que no se expida factura». En cuanto usas software para facturar, el sistema debe cumplir el reglamento, con independencia de que la factura lleve o no IVA.

¿Cuándo es obligatorio VeriFactu para autónomos?

Tras la ampliación de plazos aprobada por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deben tener adaptados sus sistemas de facturación antes del 1 de enero de 2027, y el resto de obligados tributarios (autónomos y personas físicas que tributan por IRPF) antes del 1 de julio de 2027. Estos plazos ampliaron los anteriores (1 de enero y 1 de julio de 2026). Conviene verificar el calendario vigente en la sede electrónica de la AEAT, porque ha cambiado varias veces.

¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?

No como sistema informático de facturación. El reglamento exige que el software garantice la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, y Excel o Word permiten modificar una factura sin dejar rastro. La Agencia Tributaria aclara que quien factura íntegramente a mano queda fuera del reglamento, pero en la práctica un profesional con decenas de pacientes necesita un programa; y ese programa sí debe cumplir VeriFactu.

¿Qué diferencia hay entre un sistema VeriFactu y uno «no verificable»?

El reglamento admite dos modalidades. En modo VeriFactu, el sistema remite los registros de facturación a la AEAT y las facturas se marcan como verificables. En modo «no verificable» (o no VeriFactu), los registros no se envían automáticamente: se conservan firmados electrónicamente en el sistema del emisor, con un registro de eventos, disponibles para una eventual inspección. Ambas modalidades son legales; la modalidad VeriFactu suele simplificar la carga de conservación para un profesional pequeño.

¿Cómo sé si mi programa de facturación cumple VeriFactu?

El fabricante del software debe emitir una «declaración responsable» certificando que el sistema cumple los requisitos del reglamento. Pide a tu proveedor esa declaración o confirma en su web que el producto está adaptado. Los productores de software tenían de plazo hasta el 29 de julio de 2025 para ofrecer sus productos totalmente adaptados, así que a día de hoy la mayoría de plataformas del sector ya lo indican de forma expresa.

Fuentes: Agencia Tributaria (AEAT), Sistemas Informáticos de Facturación y VERI*FACTU; Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre; Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE). Información verificada el 12 de julio de 2026. Esta guía no constituye asesoramiento fiscal ni legal; consulta con tu asesor y verifica los plazos vigentes en la sede electrónica de la AEAT.

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